Derecho de representación · Provincia de Buenos Aires

Derecho de representación: cuándo heredan los nietos

Los nietos no desplazan normalmente a un hijo vivo del causante, pero pueden heredar por representación en situaciones previstas por la ley.

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Respuesta breve

Los descendientes más lejanos representan a su ascendiente cuando éste murió antes que el causante, renunció o fue declarado indigno. La división se realiza por estirpes y luego por cabeza dentro de cada rama.

En síntesis

Tres puntos clave

  • Los demás descendientes heredan por representación sin limitación de grado.
  • La división se realiza por estirpes y luego por cabeza dentro de la rama.
  • Premoriencia, renuncia e indignidad son supuestos legalmente previstos.

División por estirpes

Primero se reconstruye la porción que habría correspondido a la persona representada. Esa porción se subdivide entre sus descendientes conforme a las reglas legales.

Casos que habilitan la representación

  • Premoriencia del hijo o descendiente del causante.
  • Renuncia a la herencia del causante.
  • Indignidad para suceder.
  • Representación de descendientes sin límite de grado.
  • Representación de descendientes de hermanos dentro de sus límites.

No confundir con transmisión

Si el hijo sobrevivió al causante y luego falleció, el análisis puede corresponder a su propia sucesión y no a una representación. La cronología es determinante.

Caso práctico

Cómo puede presentarse esta situación

Ejemplo orientativo: el causante tuvo dos hijos, uno vivo y otro fallecido antes dejando dos hijos. La herencia se divide primero en dos ramas y luego se subdivide la rama representada.

Ejemplo general e hipotético. No describe a una persona ni anticipa el resultado de un caso concreto.

Para orientar el análisis

Preguntas que conviene responder

  1. ¿Quiénes sobrevivieron al causante?
  2. ¿Existe renuncia o indignidad de alguna persona llamada?
  3. ¿Qué descendientes integran cada rama?

Criterio editorial y alcance

Esta guía ofrece información general, fue revisada por el equipo de Abogados de Sucesiones en La Plata el 29 de julio de 2026 y se apoya en fuentes públicas oficiales. La solución aplicable depende de los vínculos, los bienes, la documentación y el estado de cada expediente. Conocé cómo elaboramos y actualizamos el contenido.

Preguntas frecuentes

Sobre derecho de representación

¿Los nietos heredan si su padre o madre está vivo?

Como regla, no lo representan mientras conserve su llamamiento. Deben analizarse renuncia, indignidad u otras circunstancias previstas por la ley.

¿Todos los nietos reciben lo mismo?

No necesariamente. Si concurren por distintas ramas, primero se divide por estirpes y luego dentro de cada rama.

¿La renuncia del padre permite representar?

La ley contempla la representación en caso de renuncia a la herencia del causante.

Fuentes normativas y judiciales

Fuentes oficiales consultadas específicamente para esta guía:

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